Jubilación es el acto administrativo emanado por la ANSeS que concede un beneficio por la contingencia de adultez; la procedencia de dicho beneficio se da cuando el trabajador ha alcanzado la edad y los años de servicios requeridos en el régimen SIPA (Sistema integrado Previsional Argentino)
Los requisitos están establecidos en el ordenamiento jurídico argentino por ley 24.241.
En el régimen general hay que alcanzar la regla 65-30 hombres, 60-30 mujeres. Vale decir que hay regímenes diferenciales que estan contemplados en el ordenamiento jurídico, y que en base a sus parámetros, pueden variar la cantidad de años de servicios y la edad jubilatoria.
Procedimiento de Jubilación
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1. COMPUTO DE APORTES
Análisis de la cantidad de años de servicios.
Cálculo estimativo del promedio de los últimos diez años.
Incorporación en el sistema de reciprocidad de aportes en otras cajas (IPS, cajas profesionales).
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2. CONFECCIÓN DE HABER CAJA
Confección de cálculo equiparable al que determina ANSeS.
Proyección de un posible juicio de reajuste.
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3. TURNO EN ANSES
Presentación de SICAM (de requerirlo).
Presentación de formularios de rigor.
Caratulación del expediente administrativo.
Elección de la entidad bancaria.
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4. MONITOREO
Chequeo constante para evitar dilaciones.
Interposición de prontos despachos ante una demora.
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5. APROBACIÓN
Control de que el expediente haya sido resuelto favorablemente.
Control desde el plazo de aprobación al del efectivo cobro.
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6. PRIMER PAGO
Acompañamiento al beneficiario a la entidad bancaria.
Asesoramiento con respecto a los paquetes comerciales de las entidades bancarias.